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Oficina de Asistencia y Trazabilidad Documental

Auditoría Técnica de la Integridad del Dato Público

"No auditamos intenciones, trazamos evidencias."

Protocolo forense de fiscalización del vínculo técnico entre el discurso institucional y la fuente primaria oficial.

Manifiesto de Metodología Forense

1. Neutralidad Radical y Léxico Forense

La OATD opera bajo el principio de Neutralidad Radical. Nuestros protocolos prohíben el uso de términos valorativos, juicios morales o adjetivación subjetiva. No determinamos si una declaración es "verdadera" o "falsa", sino que auditamos su concordancia factual con los registros oficiales. El uso de palabras como "mentira", "engaño" o "bulo" queda estrictamente excluido de nuestros informes técnicos.

2. El Primado de la Fuente Primaria

Toda auditoría emitida debe estar anclada a una evidencia documental inalterable. El sistema prioriza el siguiente orden de jerarquía documental:

3. Fases del Proceso de Trazabilidad

Cada nota de trazabilidad sigue un proceso lineal y auditable:

  1. Ingesta: Identificación de una declaración técnica o administrativa en el espacio público.
  2. Localización: Identificación del registro oficial (fuente primaria) vinculado a la declaración.
  3. Contraste: Análisis cuantitativo y normativo de la desviación entre el discurso y el documento.
  4. Emisión: Generación de la nota con su correspondiente referencia (REF) y código de trazabilidad.
Sistema de Estados (Semáforo de Trazabilidad)
Concordancia Factual

Validación Documental

La declaración analizada presenta una coherencia total con los registros oficiales. Existe un respaldo documental directo y verificable.

Sin Trazabilidad Auditada

Información Insuficiente

No se localiza fuente primaria oficial que permita contrastar el dato, o bien los registros aún no han sido publicados/auditados por los organismos competentes.

Discordancia de Magnitud

Inconsistencia Técnica

Se detecta un desajuste entre la cifra o el hecho declarado y el dato registrado oficialmente. El sistema cuantifica la desviación de forma objetiva.

Estatus Institucional y Marca

La OATD es una iniciativa civil independiente de control social, amparada por el Artículo 20.1.d de la Constitución Española. No constituye un órgano oficial del Estado ni de las Cortes Generales.

Registro de Marca: OATD es una marca nacional en proceso de registro ante la OEPM. El uso no autorizado de la denominación o el logotipo está sujeto a las acciones legales previstas en la Ley 17/2001.

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Licencia de uso para Notas de Trazabilidad: El contenido de las auditorías se distribuye bajo licencia CC BY-NC-ND 4.0.